Artículo 1 — Artículo 1
Fíjase el monto a abonarse por medicamentos y exámenes suministrados por el Servicio de Sanidad de las Fuerzas Armadas, en N$ 50,00 (nuevos pesos cincuenta) para el Personal Superior, y en N$ 20,00 (nuevos pesos veinte) para el Personal Subalterno. (*)