Artículo 1 — Artículo 1
Plazo.- Extiéndase el plazo establecido en los artículos 2°, 3°, y 4° del Decreto N° 190/025, de 18 de setiembre de 2025, hasta el Ejercicio 2039.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Plazo.- Extiéndase el plazo establecido en los artículos 2°, 3°, y 4° del Decreto N° 190/025, de 18 de setiembre de 2025, hasta el Ejercicio 2039.
Artículo 2 — Artículo 2
Crédito por Impuesto al Valor Agregado en adquisiciones en plaza.- Otórgase hasta el Ejercicio 2039, tratamiento asimilado de exportador a los efectos del Impuesto al Valor Agregado (IVA), a las adquisiciones en plaza de bienes, materiales y servicios destinados al desarrollo de la actividad del "Fideicomiso Plan de Valorización de Envases", creado el 4 de diciembre de 2009.
Artículo 3 — Artículo 3
El presente Decreto rige a partir de la vigencia del Decreto N° 190/025, de 18 de setiembre de 2025.
Artículo 4 — Artículo 4
Comuníquese y archívese.