Decreto295-2018·2018

APROBACION DE LA NUEVA ESTRUCTURA ORGANICA DEL MINISTERIO DE TURISMO

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

9 de octubre de 2018

Fecha de publicación

19/09/2018

Artículos (10)

Artículo 1Artículo 1

Apruébase la nueva estructura organizativa del Inciso 09 "Ministerio de Turismo" según Anexo 1 y la estructura de puestos de trabajo que se incluye en el Anexo II, los que forman parte de este decreto. <IMAGE SRC="http://www.impo.com.uy/imagenes/puntov.jpg" BORDER=0>

Artículo 2Artículo 2

Apruébase la adecuación salarial para los cargos presupuestados civiles pertenecientes al Inciso 09 "Ministerio de Turismo", cuyos montos, con excepción de los beneficios sociales, la antigüedad, prima por quebranto de caja y los siguiente objetos del gasto: 042 520" Compensación especial por cumplir condiciones específicas", 042 531 "Compensación sujeta a Compromiso de gestión", 042 610 "Compensación personal - se absorbe", 042 620 "Compensación personal", a valores del 1° de enero de 2018, se detallan en el Anexo III. <IMAGE SRC="http://www.impo.com.uy/imagenes/puntov.jpg" BORDER=0>

Artículo 3Artículo 3

A efectos de alcanzar los montos aprobados en el artículo 2 del presente decreto, modifíquense los valores del objeto del gasto 042 400 "Compensación al cargo" según Anexo IV. <IMAGE SRC="http://www.impo.com.uy/imagenes/puntov.jpg" BORDER=0>

Artículo 4Artículo 4

Dispónese que los montos de la adecuación salarial que se aprueba, se financiarán con la supresión de cargos vacantes, así como con parte del crédito vigente en el objeto del gasto 042 520 "Compensación especial por cumplir condiciones específicas", los objetos del gasto 099 001 "Partida proyectada", 095 002 "Fondo para Contrato Temporal de Derecho Público", 095 005 "Fondos para financiar funciones transitorias y de conducción", no generando costo presupuestal adicional para el Inciso, según detalle que luce en el Anexo V. <IMAGE SRC="http://www.impo.com.uy/imagenes/puntov.jpg" BORDER=0>

Artículo 5Artículo 5

Establécese que a efectos de mantener el nivel retributivo, cuando corresponda, la diferencia se asignará en el objeto del gasto 042 610 "Compensación Personal-Se absorbe".

Artículo 6Artículo 6

Transfórmanse los cargos presupuestales que se detallan en el Anexo VI. <IMAGE SRC="http://www.impo.com.uy/imagenes/puntov.jpg" BORDER=0>

Artículo 7Artículo 7

Establécese que la nueva estructura organizativa y de puestos de trabajo regirá desde el 1° de octubre de 2018 sujeta a su aprobación por la Asamblea General, realizándose su implementación por etapas.

Artículo 8Artículo 8

Facúltase a la Contaduría General de la Nación a reasignar los créditos presupuestales en función de la estructura aprobada.

Artículo 9Artículo 9

Dése cuenta a la Asamblea General.

Artículo 10Artículo 10

Comuníquese, etc.