Decreto296-2003·2003

PRORROGA AMORTIZACION DEL PRESTAMO. AUTORIZACION DE PRESTAMO PARA AFILIADOS PASIVOS - CAJA MILITAR - CAJA POLICIAL

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

21/07/2003

Fecha de publicación

30/07/2003

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Prorrógase el inicio de la amortización del préstamo a que refiere el artículo 3º de los Decretos Nros. 72/003, de 20 de febrero de 2003 y 75/003, de 21 de febrero de 2003, el que se descontará a partir de la emisión del mes de diciembre de 2003, pagadero en enero de 2004, en las mismas condiciones previstas por el artículo 3º del citado Decreto.-

Artículo 2Artículo 2

Autorízase a la Tesorería General de la Nación a anticipar los importes de las cuotas correspondientes a los meses de julio hasta diciembre, para dar cumplimiento al pago del préstamo concedido por las Administradoras de Fondos de Ahorro Previsional.- Dichos anticipos serán reintegrados a Rentas Generales una vez comience el cobro del préstamo concedido a los afiliados pasivos por parte de las Cajas correspondientes.-

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, publíquese, etc..-