Artículo 1 — Artículo 1
La Comisión Interinstitucional creada por el Decreto 497/008 de 20 de octubre de 2008, proyectará un Plan Nacional Permanente Integrado de Operaciones contra el Narcotráfico y el Lavado de Activos, que deberá incluir las medidas a tomar para dar cumplimiento a los controles transfronterizos, facilitando el tránsito de personas y mercaderías el que será elevado para su aprobación al Poder Ejecutivo, previo asesoramiento de la Comisión de Seguimiento que se crea en el siguiente artículo.