Decreto296-2016·2016

REGLAMENTACION DEL ART. 31 DE LA LEY 19.315, RELATIVO A LOS COMETIDOS DE LA DIRECCION NACIONAL DE IDENTIFICACION CIVIL

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

19/09/2016

Fecha de publicación

10 de abril de 2016

Artículos (58)

Artículo 1Artículo 1

Los cometidos específicos de la Dirección Nacional de Identificación Civil son registrar, conservar y actualizar los datos identificatorios de las personas físicas mediante la recepción de documentación probatoria de filiación, la declaración de datos personales, la clasificación biométrica del individuo, la asignación numérica unívoca y su registro. Asimismo, expedir la cédula de identidad, y el pasaporte y todo cuanto implique actos de gestión vinculados con la administración de la identificación de las personas físicas, emitiendo constancia, cuando corresponda, de la información que contenga en sus registros.

Artículo 2Artículo 2

Es una Unidad Policial dependiente del Ministerio del Interior a través de la Dirección de la Policía Nacional, con jurisdicción nacional.

Artículo 3Artículo 3

La Dirección Nacional de Identificación Civil estará a cargo de un Director Nacional, cuya designación compete al Poder Ejecutivo como cargo de particular confianza.

Artículo 4Artículo 4

Son funciones del Director Nacional la Planificación, Organización, Dirección, Coordinación y Control del Organismo en forma integral, de acuerdo a las atribuciones conferidas por las disposiciones legales y reglamentarias en vigencia. El Director Nacional tiene a su cargo el funcionamiento de todo el Organismo, a través de los distintos Departamentos y Secciones que lo conforman, cuyos Directores, Jefes o Encargados, mantendrán una relación de dependencia directa en el aspecto funcional, administrativo, técnico y disciplinario. Asimismo presidirá la Junta de Calificaciones de los Oficiales Subalternos de la Dirección Nacional.

Artículo 5Artículo 5

La Sub Dirección Nacional será ejercida por un Sub Director Nacional perteneciente a la categoría de Oficial Superior en situación de actividad. El mismo coadyuvará con el Director Nacional en las funciones que este determine y presidirá la Junta de Calificaciones del personal de la Escala Básica de la Dirección Nacional.

Artículo 6Artículo 6

Su función específica es coordinar los asuntos cometidos por la Dirección, dando cuenta de lo actuado al Director Nacional o a quien le siga en la línea de mando, si correspondiere. Estará a cargo de un Jefe, quien dependerá en forma directa del Comando, correspondiéndole asistir al Director Nacional en lo atinente a las tareas específicas de Secretaría de Dirección.

Artículo 7Artículo 7

Cometido específico: tiene por objetivo asesorar a la Dirección Nacional, promoviendo el cumplimiento del orden jurídico en vigencia respecto a los cometidos específicos asignados a la Unidad Ejecutora, así como la representación y patrocinio del estado en los asuntos jurisdiccionales originados en la órbita de actuación de la Dirección Nacional, así como el asesoramiento en los procedimientos disciplinarios a que hubiere lugar en la misma. Dependerá jerárquicamente del Comando de la Dirección Nacional. Estará a cargo de un Director de Departamento, quien deberá poseer el título universitario de Doctor en Derecho y Ciencias Sociales o Abogado.

Artículo 8Artículo 8

Cometido específico: gestionar el área administrativa del Departamento y asistir a la Dirección del mismo, toda vez que le sea requerido. Depende jerárquicamente del Director del Departamento.

Artículo 9Artículo 9

Cometido específico: tendrá por objetivo dar cumplimiento a las formalidades legales establecidas por la normativa notarial, en todos aquellos actos, hechos o negocios jurídicos realizados por la Dirección Nacional y que requieran su intervención dentro del contexto de sus atribuciones. Dependerá jerárquicamente del Comando de la Dirección Nacional. Estará a cargo de un Director de Departamento, quien deberá poseer el título universitario de Escribano Público.

Artículo 10Artículo 10

Cometido específico: dar cumplimiento a los mecanismos implementados para la administración de los recursos financieros de la Dirección Nacional. Dependerá jerárquicamente del Comando de la Dirección Nacional. Estará dirigido por un Director de Departamento, secundado por un Sub Director. Se conforma con las siguientes Secciones:

Artículo 11Artículo 11

Cometido específico: administración de los recursos financieros de la Dirección Nacional a través de la recaudación, custodia y manejo de fondos y valores. Dependerá jerárquicamente del Departamento de Tesorería. Estará a cargo de un Jefe de Sección, quien a su vez dependerá del Director de Departamento.

Artículo 12Artículo 12

Cometido específico: hacer efectivo el pago de los haberes del personal que presta servicios en esta Dirección Nacional. Dependerá jerárquicamente del Departamento de Tesorería. Estará a cargo de un Jefe de Sección, quien a su vez dependerá del Director de Departamento.

Artículo 13Artículo 13

Cometido específico: administrar los recursos informáticos que sirven de soporte a la gestión, garantizando la seguridad y buen funcionamiento del Hardware y Software, así como desarrollar nuevas aplicaciones, en procura de una continua optimización en la prestación del servicio de la Dirección Nacional. Dependerá jerárquicamente del Comando de la Dirección Nacional. Estará a cargo de un Director de Departamento, secundado por un Sub Director. Se conforma con las siguientes Secciones:

Artículo 14Artículo 14

Cometido específico: mantener en condiciones de operatividad y seguridad el Hardware y Software asociado a los puestos locales de la Dirección Nacional, y dar la más rápida respuesta posible a los inconvenientes suscitados, priorizando la atención al público. Dependerá jerárquicamente del Departamento de Informática. Estará a cargo de un Jefe de Sección, quien a su vez dependerá del Director de Departamento.

Artículo 15Artículo 15

Cometido específico: mantener la infraestructura de base y administrar la Base de Datos de la Dirección Nacional. Dependerá jerárquicamente del Departamento de Informática. Estará a cargo de un Jefe de Sección, quien a su vez dependerá del Director de Departamento.

Artículo 16Artículo 16

Cometido específico: diseñar, desarrollar e implantar sistemas y aplicaciones informáticas, mediante la utilización de tecnologías avanzadas y realizar el seguimiento y monitoreo correspondiente. Dependerá jerárquicamente del Departamento de Informática. Estará a cargo de un Jefe de Sección, quien a su vez dependerá del Director de Departamento.

Artículo 17Artículo 17

Cometido específico: servir de punto de contacto entre el usuario y la gestión de servicios, dando solución a los incidentes dentro de su competencia. Dependerá jerárquicamente del Departamento de Informática. Estará a cargo de un Jefe de Sección, quien a su vez dependerá del Director de Departamento.

Artículo 18Artículo 18

Cometido específico: gestionar el área administrativa de las Secciones que conforman el Departamento y asistir a la Dirección del mismo, toda vez que le sea requerido. Dependerá jerárquicamente del Departamento de Informática. Estará a cargo de un Jefe de Sección, quien a su vez dependerá del Director de Departamento.

Artículo 19Artículo 19

Cometido específico: dar cumplimiento a los mecanismos implementados para la expedición de la Cédula de Identidad y Pasaporte Común, de acuerdo a la normativa legal vigente. Dependerá jerárquicamente del Comando de la Dirección Nacional. Estará a cargo de un Director de Departamento, secundado por un Sub Director. Se conforma con las siguientes Secciones:

Artículo 20Artículo 20

Cometido específico: cumplir operativamente con las etapas que le competan para la expedición de la Cédula de Identidad. Dependerá jerárquicamente de la Dirección del Departamento de Cédulas de Identidad y Pasaportes de Montevideo.

Artículo 21Artículo 21

Cometido específico: dar cumplimiento a las etapas de su competencia para la expedición del Pasaporte Común. Dependerá jerárquicamente de la Dirección del Departamento de Cédulas de Identidad y Pasaportes de Montevideo. Estará a cargo de un Jefe, quien a su vez dependerá del Director de Departamento.

Artículo 22Artículo 22

Cometido específico: cumplir con las etapas que le competen para expedir la Cédula de Identidad y Pasaporte a las personas físicas y psíquicamente imposibilitadas en sus domicilios, o mediante la concurrencia a Organismos públicos y privados que así lo requieran en el marco de campañas tendientes a disminuir la indocumentación en el medio social. Dependerá jerárquicamente de la Dirección del Departamento de Cédulas de Identidad y Pasaportes de Montevideo. Estará a cargo de un Jefe de Sección.

Artículo 23Artículo 23

Cometido específico: gestionar el área administrativa de las Secciones que conforman el Departamento y asistir a la Dirección del mismo, toda vez que le sea requerido. Dependerá jerárquicamente del Director de Departamento de Cédulas de Identidad y Pasaportes de Montevideo.

Artículo 24Artículo 24

Cometido específico: dar cumplimiento a los mecanismos implementados para la adecuada administración de los recursos humanos asignados a la Dirección Nacional, de conformidad con los lineamientos establecidos por el Comando de esta Dirección Nacional. Dependerá jerárquicamente del Comando de la Dirección Nacional. Estará a cargo de un Director de Departamento, secundado por un Sub Director. Se conforma con las siguientes Secciones:

Artículo 25Artículo 25

Cometido específico: centralizar la información correspondiente a los recursos humanos, y mantener actualizado el Padrón Funcional de la Unidad Ejecutora y la base del Sistema de Gestión Humana. Dependerá jerárquicamente del Departamento de Recursos Humanos. Estará a cargo de un Jefe de Sección, que a su vez dependerá de la Dirección del Departamento.

Artículo 26Artículo 26

Cometido específico: custodiar los locales, bienes y valores de la Dirección Nacional, así como también el mantenimiento del orden y preservación de la integridad física de funcionarios y público en general. Dependerá jerárquicamente de la Dirección del Departamento. Estará a cargo de dos Encargados de Turno.

Artículo 27Artículo 27

Cometido específico: capacitar al personal de la Dirección Nacional, dentro del marco de las funciones específicas del servicio, brindándoles los conocimientos necesarios, a efectos de cumplir eficientemente con las metas establecidas, de acuerdo a las directivas impartidas por el Comando. Dependerá jerárquicamente de la Dirección del Departamento. Estará a cargo de un Jefe de Sección.

Artículo 28Artículo 28

Cometido específico: gestionar la actuación y/o procedimiento administrativo y documental de la Dirección Nacional, sean éstos iniciados en la misma, provenientes de otros Organismos, o a solicitud de parte interesada, de conformidad con las normas legales y reglamentarias en vigencia. Dependerá jerárquicamente del Comando de la Dirección Nacional. Estará a cargo de un Director de Departamento, secundado por un Sub Dirección. Se conforma con las siguientes Secciones:

Artículo 29Artículo 29

Cometido específico: diligenciar las solicitudes de información requeridas por los Organismos públicos, privados, profesionales universitarios y particulares, debidamente autorizados. Dependerá jerárquicamente del Departamento de Gestión Documental.

Artículo 30Artículo 30

Cometido específico: registrar, procesar y archivar, cuando corresponda, toda actuación y/o procedimiento administrativo o documental, sea soporte papel o electrónico. Dependerá jerárquicamente del Departamento de Gestión Documental.

Artículo 31Artículo 31

Cometido específico: tiene por objetivo dar cumplimiento a los mecanismos implementados para la adecuada administración de los recursos materiales y mantenimiento de la infraestructura de la Dirección Nacional, brindándole el apoyo logístico necesario para la consecución de los fines asignados. Depende jerárquicamente del Comando de la Dirección Nacional. Está a cargo de un Director de Departamento, secundado por un Sub Director. Se conforma con las siguientes Secciones:

Artículo 32Artículo 32

Cometido específico: dar cumplimiento a los procesos de compras y contrataciones estatales, conforme a la normativa dispuesta por el T.O.C.A.F. y el S.I.C.E. a los efectos de satisfacer las necesidades de bienes y servicios de todas las Oficinas de la Dirección Nacional, para la consecución del cometido asignado. Dependerá jerárquicamente del Departamento de Administración. Estará a cargo de un Jefe, quien a su vez depende del Director del Departamento.

Artículo 33Artículo 33

Cometido específico: recibir, registrar, almacenar y suministrar los recursos materiales, adquiridos para dar eficaz cumplimiento al servicio brindado por la Dirección Nacional. Dependerá jerárquicamente del Departamento de Administración. Estará a cargo de un Jefe, quien a su vez depende del Director del Departamento.

Artículo 34Artículo 34

Cometido específico: mantener en condiciones operativas, la flota automotriz de la Dirección Nacional y realizar la prestación del vehículo asignado, cuando el cumplimiento del servicio lo requiera. Dependerá jerárquicamente del Departamento de Administración. Estará a cargo de un Jefe de Sección.

Artículo 35Artículo 35

Cometido específico: atender el funcionamiento de la Red Central Telefónica urbana, perteneciente al Ministerio del Interior sistema ZTE, recepcionando y derivando las comunicaciones que surjan según corresponda Dependerá jerárquicamente del Departamento de Administración. Esta dependencia se da en el aspecto funcional, ya que en el aspecto técnico la relación de dependencia será directa con las oficinas respectivas del Ministerio del Interior. Estará a cargo de un Jefe, quien dependerá en forma directa del Director del Departamento.

Artículo 36Artículo 36

Cometido específico: mantenimiento de la infraestructura de la Dirección Nacional dentro del ámbito de su competencia, adoptando las medidas necesarias para preservar las condiciones de operatividad. Dependerá jerárquicamente del Departamento de Administración. Estará a cargo de un Jefe de Sección, secundado por un Subjefe que depende del Director del Departamento.

Artículo 37Artículo 37

Cometido específico: dar cumplimiento a los mecanismos implementados para la expedición de la Cédula de Identidad y Pasaporte Común en el interior del país, supervisando a través de la Dirección del Departamento, la acción de las Oficinas a su cargo. Dependerá jerárquicamente del Comando de la Dirección Nacional. Estará a cargo de un Director de Departamento, secundado por un Sub Director. Se conforma con las siguientes Secciones:

Artículo 38Artículo 38

Cometido específico: expedir la Cédula de Identidad y el Pasaporte Común en el interior del país, de acuerdo a las disposiciones legales y reglamentarias en vigencia y a las instrucciones emitidas por la Dirección del Departamento de Cédulas de Identidad y Pasaportes del Interior. Dependen jerárquicamente de la Dirección del Departamento. Cada Oficina está a cargo de un Jefe.

Artículo 39Artículo 39

Cometido específico: instrumentar los procesos de su competencia, para la expedición del Pasaporte Común, gestionado en las Oficinas de Identificación Civil en el Interior del País, así como también oficiar de nexo entre éstas y las distintas unidades que integran la Dirección Nacional, a través de la recepción de los recaudos correspondientes. Dependerá jerárquicamente del Departamento de Cédulas de Identidad y Pasaportes del Interior. Estará a cargo de un Jefe de Sección, que a su vez dependerá de la Dirección del Departamento.

Artículo 40Artículo 40

Cometido específico: gestionar el área administrativa brindando el apoyo a la Dirección del Departamento, para dar cumplimiento a los cometidos encomendados. Dependerá jerárquicamente de la Dirección del Departamento. Estará a cargo de un Encargado de Sección.

Artículo 41Artículo 41

Cometido específico: dar cumplimiento a los mecanismos implementados para identificar a las personas físicas, a través del estudio de las huellas digitales efectuado en base a los principios y fundamentos de la Ciencia de la Dactiloscopía, conformando el Archivo Nacional Dactiloscópico y el Archivo Nacional Patronímico Informatizado. Dependerá jerárquicamente del Comando de la Dirección Nacional. Estará a cargo de un Director de Departamento, secundado por un Sub Director. Se conforma con las siguientes Secciones:

Artículo 42Artículo 42

Cometido específico: realizar el estudio de las huellas digitales que determine la identidad de la persona física y mantener operativo el Archivo Nacional Dactiloscópico. Dependerá jerárquicamente del Departamento Dactiloscópico y Patronímico. Estará a cargo de un Jefe de Sección, quien a su vez dependerá del Director y Sub Director del Departamento.

Artículo 43Artículo 43

Cometido específico: ingresar al sistema informatizado, dentro del ámbito de su competencia, los datos contenidos en los legajos personales, alimentando la información de la Base de Datos y actualizando la misma cuando corresponda. Dependerá jerárquicamente del Departamento Dactiloscópico y Patronímico. Estará a cargo de un Jefe de Sección, quien a su vez dependerá del Director y Sub Director del Departamento.

Artículo 44Artículo 44

Cometido específico: impulsar las actuaciones administrativas realizadas en las restantes secciones necesarias para el cumplimiento de la función. Dependerá jerárquicamente del Departamento Dactiloscópico y Patronímico. Estará a cargo de un Jefe de Sección, quien a su vez dependerá del Director y Sub Director del Departamento.

Artículo 45Artículo 45

Cometido específico: tiene por objetivo establecer las políticas financiero-contables e instrumentar los controles respectivos, de acuerdo a la normativa vigente, manteniendo una información actualizada y confiable para su utilización en esta Dirección Nacional, y posterior remisión a los organismos de control externo. Dependerá jerárquicamente del Comando de la Dirección Nacional. Estará a cargo de un Director de Departamento, el que deberá ostentar el título de Contador Público. Se conforma con la siguiente Sección:

Artículo 46Artículo 46

Cometido específico: estimar las asignaciones presupuestales, registrar y controlar los hechos financieros. Dependerá jerárquicamente del Departamento Contable.

Artículo 47Artículo 47

Cometido específico: administrar el manejo y custodia de los Legajos Personales, no informatizados e informatizados, en sus soportes físicos: papel y magnético, garantizando la conservación de la documentación, así como la reserva y protección de la información almacenada, asegurando su inmediata recuperación. Dependerá jerárquicamente de la Dirección Nacional. Estará a cargo de un Director de Departamento, secundado por un Sub Director. Se conforma con las siguientes Secciones:

Artículo 48Artículo 48

Cometido específico: archivar los Legajos Personales soporte papel, registrar los movimientos y conservar los mismos, asegurando la inmediata recuperación de la información almacenada. Dependerá jerárquicamente de la Dirección del Departamento de Archivo Nacional y Microfilmación de Legajos Personales. Estará a cargo de un Jefe de Sección, quien a su vez dependerá del Director del Departamento.

Artículo 49Artículo 49

Cometido específico: archivar los legajos personales soporte magnético (duplicados de microfilms), asegurando la inmediata recuperación de la información almacenada y habilitar en el Sistema los datos contenidos, cuando corresponda (mayor a 4.377.999 hasta 31 de diciembre de 2007) Dependerá jerárquicamente de la Dirección del Departamento de Archivo Nacional de Legajos Personales. Estará a cargo de un Jefe.

Artículo 50Artículo 50

Cometido específico: gestionar el área administrativa de las Secciones que conforman el Departamento y asistir a la Dirección del mismo, toda vez que le sea requerido. Dependerá jerárquicamente del Director de Departamento de Archivo Nacional de Legajos Personales. Estará a cargo de un Jefe.

Artículo 51Artículo 51

Cometido específico: asesorar a la Dirección Nacional en pro de una mayor eficacia y eficiencia en el cumplimiento de sus cometidos en estas materias. Contribuirá a la optimización de la imagen de la Institución, en búsqueda de la mejora continua y entenderá en materia de racionalización administrativa. Es una Oficina asesora que depende jerárquicamente del Comando de la Dirección Nacional. Estará a cargo de un Jefe.

Artículo 52Artículo 52

Cometido específico: realizar el inventario de las existencias de recursos materiales y en forma especial el material de seguridad, así como auditar a todas las dependencias, cada vez que lo considere necesario para garantizar el mejor cumplimiento de los cometidos de la Dirección Nacional. Dependerá jerárquicamente del Comando de la Dirección Nacional, a través de la Sub Dirección Nacional. Estará a cargo de un Jefe.

Artículo 53Artículo 53

Cometido específico: centralizar la actividad administrativa de todos los procedimientos disciplinarios instruidos en el marco de esta Dirección Nacional conforme a la normativa legal vigente. Sustanciará los procedimientos disciplinarios asignados por la Superioridad conforme a la normativa legal vigente. Estará a cargo de un Jefe, que ostentará título de Abogado, y dependerá jerárquicamente del Comando de la Dirección Nacional. Mantendrá las comunicaciones requeridas con el Registro del Área de Gestión y Desarrollo Humano del Ministerio del Interior.

Artículo 54Artículo 54

Cometido específico: dar cumplimiento a los mecanismos implementados, para la expedición de la Cédula de Identidad y el Pasaporte de Uruguayos, Nacionales Uruguayos y Ciudadanos legales que residan en el Exterior del país, en base a la documentación recepcionada por el Ministerio de Relaciones Exteriores. Dependerá jerárquicamente del Comando de la Dirección Nacional. Estará a cargo de un Jefe.

Artículo 55Artículo 55

Las categorías del personal policial asignados a la repartición de la Unidad que se reglamenta serán: a. Subdirector Nacional: Oficial Superior. b. Directores y Subdirectores de Departamento: Oficiales Jefes. c. Jefes de Secciones y de Oficinas: Oficiales Subalternos.

Artículo 56Artículo 56

Deróganse todas aquellas disposiciones que se opongan al presente Decreto

Artículo 57Artículo 57

Apruébase el Cuadro Anexo relativo al Organigrama <IMAGE SRC="http://www.impo.com.uy/imagenes/puntov.jpg" BORDER=0> de la unidad que se reglamenta, el que forma parte del presente Decreto.

Artículo 58Artículo 58

Comuníquese, publíquese, archívese.