Artículo 1 — Artículo 1
Deléganse en el Ministro de Educación y Cultura o quien haga sus veces las atribuciones concernientes a: a) el ascenso de los funcionarios de la Dirección Nacional de Correos. b) la aprobación de las tarifas para la prestación de los Servicios Nacionales o Internacionales prestados por la Dirección Nacional de Correos, con sujeción a las normas legales aplicables a las mismas. c) la realización de emisiones Postales.