Artículo 1 — Artículo 1
Delégase en el Ministro de Relaciones Exteriores o en quien haga sus veces las atribuciones del Poder Ejecutivo concernientes a la autorización de viajes en Misión Oficial al exterior de funcionarios pertenecientes a dicha Secretaría de Estado cuando se trate de instruir un procedimiento disciplinario o realizar una inspección en las dependencias de la Cancillería en el exterior.(*)