Decreto297-2020·2020

FIJACION DE UR, URA, IPC, CRA. SETIEMBRE 2020

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

11 de setiembre de 2020

Fecha de publicación

13/11/2020

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

Fíjase el valor de la Unidad Reajustable (UR) correspondiente al mes de setiembre de 2020, a utilizar a los efectos de lo dispuesto por el Decreto-Ley N° 14.219, de 4 de julio de 1974 y sus modificativos en $ 1.287,86 (pesos uruguayos mil doscientos ochenta y siete con 86/100).

Artículo 2Artículo 2

Considerando el valor de la Unidad Reajustable (UR) precedentemente establecido y los correspondientes a los 2 (dos) meses inmediatos anteriores, fíjase el valor de la Unidad Reajustable de Alquileres (URA) del mes de setiembre de 2020 en $ 1.278,39 (pesos uruguayos mil doscientos setenta y ocho con 39/100).

Artículo 3Artículo 3

El número índice correspondiente al Índice General de los Precios del Consumo asciende en el mes de setiembre de 2020 a 220,64 (doscientos veinte con 64/100), sobre base diciembre 2010 = 100.

Artículo 4Artículo 4

El coeficiente que se tendrá en cuenta para el reajuste de los alquileres que se actualizan en el mes octubre de 2020 es de 1,0781 (uno con setecientos ochenta y uno diezmilésimos).

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese, publíquese y archívese.