Decreto298-2003·2003

GASTO MAXIMO DE FUNCIONAMIENTO E INVERSIONES. ADECUACION DE LOS CREDITOS PRESUPUESTALES DEL MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS. EJERCICIO 2003

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

23/07/2003

Fecha de publicación

30/07/2003

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Fíjase la asignación y tope de ejecución presupuestal destinada a inversiones del Inciso 10 del "Ministerio de Transporte y Obras Públicas" para el Ejercicio 2003 y 2004, en $ 2.679:117.000,oo (pesos uruguayos dos mil seiscientos setenta y nueve millones ciento diecisiete mil) y $ 2.679.899.000,00 (pesos uruguayos dos mil seiscientos setenta y nueve millones ochocientos noventa y nueve mil), respectivamente, a valores de 1º de enero de 2003 y sin incluir los créditos provenientes de la Administración de Ferrocarriles del Estado, sin perjuicio del límite de ejecución financiera para el ejercicio 2003 dispuesto por Decreto Nº 204/003, de 23 de mayo de 2003.- (*)

Artículo 2Artículo 2

Los compromisos que asuma el "Ministerio de Transporte y Obras Públicas" con cargo a la ampliación de créditos antes establecidos, se abonarán a partir de los veinticuatro meses de vigencia del presente Decreto.-

Artículo 3Artículo 3

Facúltase a la Contaduría General de la Nación ajustar los créditos presupuestales del Inciso 10 "Ministerio de Transporte y Obras Públicas", hasta los niveles establecidos en el artículo 1º, en función de la comunicación que realice la referida Secretaria de Estado.-

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, publíquese, etc.-