Decreto298-2010·2010

AJUSTE SALARIAL DESDE ENERO DE 2010 PARA TODOS LOS FUNCIONARIOS DE LA DGI QUE OPTARON POR EL REGIMEN DE DEDICACION EXCLUSIVA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

10 de junio de 2010

Fecha de publicación

15/10/2010

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Déjanse sin efecto con respecto a los funcionarios de la Dirección General Impositiva que perciban el nuevo régimen extraordinario de retribuciones por dedicación exclusiva, previsto en el inciso segundo de la Ley No. 17.706, de 4 de noviembre de 2003, el inciso segundo del artículo 2° del Decreto N° 6/006 de 16 de enero de 2006 y el literal c.1 del artículo 5° del Decreto N° 22/007 de 18 de enero de 2007.- (*)

Artículo 2Artículo 2

Dispónese a partir del 1° de enero de 2010, el pago del ajuste salarial por concepto de recuperación salarial a todos los funcionarios de la Dirección General Impositiva que hubiesen optado por el régimen de dedicación exclusiva previsto por la Ley N° 17.706, de 4 de noviembre de 2003.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.