Artículo 1
Artículo 1.- Misión: La Dirección General de Finanzas de la Armada es el órgano responsable de controlar y ejecutar la planificación financiera de la Fuerza y de realizar el asesoramiento y recomendaciones al Mando Superior sobre políticas de administración y eficiencia de los recursos asignados.-Asimismo, tiene por cometido establecer los lineamientos financieros, contables y presupuestales en concordancia con los lineamientos dispuestos por el Ministro de Defensa Nacional a través de la Dirección General de Recursos Financieros, concurrentes con las políticas y estrategias de la Nación, así como también coordinar, supervisar y controlar el cumplimiento de los mismos.