Decreto299-2018·2018

EXHORTACION A UTE A QUE LOS BIENES Y SERVICIOS DESTINADOS A LA EXPANSION O AMPLIACION DE SU PARQUE GENERADOR DE ENERGIA ELECTRICA TENGA INCORPORADO EL COMPONENTE NACIONAL

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

24/09/2018

Fecha de publicación

10 de enero de 2018

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Exhórtase a la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas (UTE) a que los bienes y servicios destinados a la expansión o ampliación de su parque generador de energía eléctrica, cualquiera sea el procedimiento jurídico utilizado, tenga incorporado el componente nacional, de acuerdo a los criterios que establezca el Ministerio de Industria, Energía y Minería.

Artículo 2Artículo 2

La Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas (UTE) previo a la aprobación de cada pliego licitatorio, resolución de compra directa o de cualquier otro procedimiento de contratación para la instalación de nuevas centrales de generación o ampliación de las existentes, consultará al Ministerio de Industria, Energía y Minería sobre los criterios de componente nacional que tendrá que integrar la inversión, según lo expresado en el considerando cuatro del presente acto administrativo.

Artículo 3Artículo 3

El Ministerio de Industria, Energía y Minería informará a la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas (UTE) los criterios de incorporación de componente nacional para la expansión del parque de generación, en un plazo máximo de 60 días desde recibida la consulta.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese y publíquese.