Decreto3-2001·2001

MODIFICACION AL REGLAMENTO DEL SERVICIO DE RADIOAFICIONADOS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

1 de octubre de 2001

Fecha de publicación

16/01/2001

Artículos (2)

Artículo 1

Artículo 1.- Déjase sin efecto el literal e) del artículo 22do. del Decreto 404/993 de 14 de setiembre de 1993.-

Artículo 2

Artículo 2.- Modifícase el literal g) del artículo 22do. del Decreto 404/993 del 14 de setiembre de 1993, el que quedará redactado de la siguiente manera: g) en todos los casos en que la Dirección Nacional de Comunicaciones lo considere conveniente, las delegaciones a las reuniones internacionales de radiocomunicaciones en que participe el Uruguay y en donde se traten asuntos concernientes al Servicio de Radioaficionados, serán integradas por un miembro propuesto por la Comisión Honoraria Asesora del Servicio de Radioaficionados.-