Decreto30-1998·1998

REGISTRO DE LA DIRECCION NACIONAL DE ADUANAS. IMPORTADORES

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

2 de abril de 1998

Fecha de publicación

2 de noviembre de 1998

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

El servicio de información de la Dirección Nacional de Aduanas, establecido por el artículo 11º del Decreto Nº 333/992, de 16 de julio de 1992, deberá contener en relación a los despachos presentados y junto a los demás datos que se agregan por cada operación, el nombre del importador.-

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, publíquese, etc.-