Decreto30-2000·2000

FIJACION DE SALARIO MINIMO NACIONAL. ENERO 2000

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

26/01/2000

Fecha de publicación

2 de febrero de 2000

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Establécese el monto del Salario Mínimo Nacional, a todos sus efectos en la suma de $ 1060 (pesos uruguayos mil sesenta), mensuales o su equivalente resultante de dividir dicho importe entre veinticinco para determinar el jornal diario o entre doscientos para determinar el jornal horario. (*)

Artículo 2Artículo 2

Lo dispuesto en el artículo 1º regirá a partir del 1º de enero del 2000 y no será aplicable a los salarios de los trabajadores domésticos, rurales y de la esquila.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese y publíquese en dos diarios de la Capital.