Artículo 1 — Artículo 1
Fíjanse las siguientes tasas para la liquidación del Impuesto Específico Interno que grava la primera enajenación o importación de los bienes que a continuación se mencionan. CATEGORIAS MOTOR NAFTA C Automóviles de pasajeros con cilindrada de hasta 1.000 c.c. y sus derivados construidos a partir de la misma mecánica 17% D - D1 Automóviles de pasajeros con cilindrada de más de 1.000 c.c. y hasta 1.600 c.c. y sus derivados construidos a partir de la misma mecánica 17% D2 Automóviles de pasajeros con cilindrada de más de 1.600 c.c. y hasta 2.000 c.c. y sus derivados construidos a partir de la misma mecánica 17% D3 Automóviles de pasajeros con cilindrada de más de 2.000 c.c. y sus derivados construidos a partir de la misma mecánica 17% H Vehículos con tracción en las cuatro ruedas cuyo peso sea inferior a 2.000 Kg. * De pasajeros 17%