Artículo 1 — Artículo 1
Autorízase a CONECTA S.A., el ajuste en sus tarifas a regir a partir del 1° de octubre del 2020, por el servicio de suministro de gas natural en el sur del país (con excepción de Montevideo), de la ciudad de Paysandú y de propano redes, conforme a los Cuadros de Tarifas Máximas <IMAGE SRC="http://www.impo.com.uy/imagenes/puntov.jpg" BORDER=0> que se describen en Anexos I, II y III adjuntos y que forman parte del presente Decreto.