Decreto301-2004·2004

SISTEMA DE COMPRAS Y CONTRATACIONES ESTATALES

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

17/08/2004

Fecha de publicación

23/08/2004

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

(*)

Artículo 2Artículo 2

La Contaduría General de la Nación (CGN) realizará el control informático del cumplimiento de lo dispuesto en el artículo anterior, de aquellas obligaciones que se tramitan por medio del Sistema Integrado de Información Financiera (SIIF) y remitirá la información al Comité Ejecutivo Para la Reforma del Estado (CEPRE).

Artículo 3Artículo 3

Elíminase el inciso tercero del artículo 8º del Decreto Nº 289/002, de 30 de julio de 2002.

Artículo 4Artículo 4

El presente decreto entrará en vigencia 120 (ciento veinte) días después de su publicación.

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese, publíquese, etc.