Artículo 1 — Artículo 1
Sustitúyese en el artículo 3° del decreto 387/983 de 7 de octubre de 1983, el numeral 1° de la tabla 8, "Precio por servicio de embarque, en la redacción dada por el decreto 620/986 de 23 de setiembre de 1986, el que quedará redactado de la siguiente forma: (*)