Decreto303-2012·2012

DESAFECTACION Y EXPROPIACION DE BIENES INMUEBLES. MALDONADO

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

9 de mayo de 2012

Fecha de publicación

9 de diciembre de 2012

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Disponer la desafectación del inmueble padrón N° 2499 (P), dispuesto por Decreto N° 348/010 de 26 de noviembre de 2010, y en su lugar designar -para ser expropiado por la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas (U.T.E.)- el inmueble padrón N° 24.529 (P), ubicado en la localidad catastral Maldonado, con un área de 1.194 mc 56 dmc, que según plano del Departamento de Bienes Raíces N° 1457 de enero de 2012, levantado por la Ing. Agrim. Alicia LOFREDO, se deslinda de la siguiente manera: al Norte 24,50 m lindando con parte del padrón 24.529, al Este 35,15 m lindando con padrón N° 2502, al Sur 36,00 m que linda con parte del padrón N° 24.529 y al Oeste 46,00 m de frente a la calle proyectada de 17 m de ancho.

Artículo 2Artículo 2

Declárase urgente la toma de posesión del inmueble designado.

Artículo 3Artículo 3

La Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas (U.T.E.) habrá de hacer una reserva prudencial a efectos de cubrir el monto de la indemnización que en definitiva deberá abonar y dar cumplimiento a lo dispuesto por el Decreto Ley N° 15.027 de 17 de julio de 1980.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, publíquese, etc.