Artículo 1 — Artículo 1
Exonérase al Ministerio de Transporte y Obras Públicas del cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 11 del Decreto N° 90/000 de fecha 3 de marzo de 2000, para la contratación en forma directa por excepción de servicios de vigilancia y aseo en la Estación Central de Trenes "General Artigas" del departamento de Montevideo.