Artículo 1 — Artículo 1
Declaración.- Declárase promovida de acuerdo a lo establecido por el artículo 11 de la Ley N° 16.906, de 7 de enero de 1998, la actividad desarrollada por Administración de las Obras Sanitarias del Estado (OSE) que comprende la ejecución de una serie de proyectos de inversión en saneamiento en las localidades del interior del país incluidas en el listado Anexo al presente decreto, que constituye parte integrante del mismo (*)