Artículo 1 — Artículo 1
Declárase vigente a partir del 22 de noviembre de 1984 la Enmienda 14 de las Normas y Métodos Recomendados Internacionales - Unidades de Medida que se emplearán en las Operaciones Aéreas y Terrestres - Anexo 5 al Convenio sobre Aviación Civil Internacional. (*)