Artículo 1 — Artículo 1
Modifícase el artículo 6o. del Decreto del Poder Ejecutivo No. 194/983 de 15 de junio de 1983 (Interna 198/983), en lo que tiene relación con los montos de los aranceles de los materiales impresos que debe expender la División Química y Medicamentos de la Dirección Coordinación y Control del Ministerio de Saluda Pública, los que pasan a tener los siguientes valores: Block recetario Sicofármaco 0.13 U.R. Block recetario Estupefacientes 0.30 U.R. Libreta de vales 0.23 U.R. Libro Estupefacientes 1.77 U.R.