Decreto305-1995·1995

FIJACION DE LA TASA DE PROMOCION Y CONTROL VITIVINICOLA. JULIO 1995

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

8 de setiembre de 1995

Fecha de publicación

22/08/1995

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Fíjase, a partir del 1º de julio de 1995, en $ 0,163 (son pesos uruguayos ciento sesenta y tres milésimos), el monto de la tasa que grava, la expedición de las boletas de circulación y calidad de vinos nacionales e importados y en $ 0,081 (son pesos uruguayos ochenta y un milésimos), el monto de la tasa que grava la comercialización y el control de la producción de uva y sus subproductos.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc