Decreto305-2011·2011

INCLUSION EN EL DECRETO 465/008 DE LAS PRESTACIONES REFERIDAS EN EL "PLAN DE IMPLEMENTACION DE PRESTACIONES EN SALUD MENTAL EN EL SISTEMA NACIONAL INTEGRADO DE SALUD"

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

23/08/2011

Fecha de publicación

9 de setiembre de 2011

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Inclúyense en el Anexo I del Catálogo de Prestaciones aprobado por el Decreto N° 465/008 de 3 de octubre de 2008, aquellas a las que refiere el "Plan de Implementación de Prestaciones en Salud Mental en el Sistema Nacional Integrado de Salud", aprobado por el Ministerio de Salud Pública, que como Anexo (*) se acompaña y se considera parte integrante de presente Decreto.

Artículo 2Artículo 2

Los prestadores integrales del Sistema Nacional Integrado de Salud deberán brindar a su población usuaria las prestaciones a que refiere el Artículo 1 del presente Decreto, en las formas, tiempos y condiciones que se determinan en el Anexo citado en el mismo.

Artículo 3Artículo 3

Las prestaciones a que refiere el Artículo 1 del presente Decreto, se financiarán a través del incremento de cuota salud y, en su caso, el cobro de tasas moderadoras, según lo determine el Poder Ejecutivo.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, publíquese.