Artículo 1 — Artículo 1
Incorpórase al ordenamiento jurídico nacional la Resolución GMC N° 06/25 del Grupo Mercado Común del MERCOSUR, que se adjunta al presente Decreto como Anexo y forma parte integral del mismo, por la cual se dispuso aprobar el "Reglamento técnico MERCOSUR sobre lista de sustancias que los productos de higiene personal, cosméticos y perfumes no deben contener excepto en las condiciones y con las restricciones establecidas (Derogación de las Resoluciones GMC N° 24/11 y 35/22)". (*)