Artículo 1 — Artículo 1
El régimen de calificaciones y ascensos de los funcionarios diplomáticos del Ministerio de Relaciones Exteriores continuará rigiéndose por el Decreto-Ley Nº 14.206 de 6 de junio de 1974 y por el Decreto Nº 658/978 de 28 de noviembre de 1978 y modificativos.