Decreto307-1989·1989

EXONERACIONES TRIBUTARIAS. IMPORTACION DE GRUPOS ELECTROGENOS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

23/06/1989

Fecha de publicación

10 de marzo de 1989

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Prorrógase por el término de sesenta días la vigencia del decreto 146/989 de 6 de abril de 1989 por el cual se autoriza la importación exonerada del recargo mínimo, de grupos electrógenos nuevos o usados incluidos en las Posiciones NADI 85.01.01.04 y 85.01.01.05.

Artículo 2Artículo 2

El presente decreto entrará a regir a partir de su publicación en dos diarios de la capital.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, publíquese, etc.