Decreto307-2014·2014

FIJACION DE UR, URA, IPC, CRA. SETIEMBRE 2014

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

28/10/2014

Fecha de publicación

11 de julio de 2014

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

Fijase el valor de la Unidad Reajustable (U.R.) correspondiente al mes de setiembre de 2014, a utilizar a los efectos de lo dispuesto por el Decreto-Ley N° 14.219 de 4 de julio de 1974 y sus modificativos en $ 762,44 (setecientos sesenta y dos pesos uruguayos con 44/100).

Artículo 2Artículo 2

Considerando el valor de la Unidad Reajustable (U.R.) precedentemente establecido y los correspondientes a los dos meses inmediatos anteriores, fijase el valor de la Unidad Reajustable de Alquileres (U.R.A.) del mes de setiembre de 2014 en $ 750,78 (setecientos cincuenta pesos uruguayos con 78/100).

Artículo 3Artículo 3

El número índice correspondiente al Índice General de los Precios del Consumo asciende en el mes de setiembre de 2014 a 136,85 (ciento treinta y seis con ochenta y cinco), sobre base diciembre 2010 = 100.

Artículo 4Artículo 4

El coeficiente que se tendrá en cuenta para el reajuste de los alquileres que se actualizan en el mes de octubre de 2014 es de 1,0836 (uno con ochocientos treinta y seis diezmilésimos).

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese, publíquese y archívese.