Decreto307-2016·2016

FIJACION DE UR, URA, IPC, CRA. AGOSTO 2016

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

26/09/2016

Fecha de publicación

10 de junio de 2016

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

Fíjase el valor de la Unidad Reajustable (U.R.) correspondiente al mes de agosto de 2016, a utilizar a los efectos de lo dispuesto por el Decreto-Ley N° 14.219 de 4 de julio de 1974 y sus modificativos en $ 922,59 (pesos uruguayos novecientos veintidós con 59/100).

Artículo 2Artículo 2

Considerando el valor de la Unidad Reajustable (U.R.) precedentemente establecido y los correspondientes a los dos meses inmediatos anteriores, fijase el valor de la Unidad Reajustable de Alquileres (U.R.A.) del mes de agosto de 2016 en $ 912,46 (pesos uruguayos novecientos doce con 46/100).

Artículo 3Artículo 3

El número índice correspondiente al Índice General de los Precios del Consumo asciende en el mes de agosto de 2016 a 162,26 (ciento sesenta y dos con 26/100), sobre base diciembre 2010 = 100.

Artículo 4Artículo 4

El coeficiente que se tendrá en cuenta para el reajuste de los alquileres que se actualizan en el mes setiembre de 2016 es de 1,0938 (uno con novecientos treinta y ocho diezmilésimos).

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese, publíquese y archívese.