Artículo 1 — Artículo 1
Establécese que las regulaciones relativas a Toques de Honores y de Servicios en el ámbito de la Armada Nacional, serán contenidas en reglamentos internos.-
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Establécese que las regulaciones relativas a Toques de Honores y de Servicios en el ámbito de la Armada Nacional, serán contenidas en reglamentos internos.-
Artículo 2 — Artículo 2
Derógase el Decreto 681/986 de fecha 21 de octubre de 1986.-
Artículo 3 — Artículo 3
Comuníquese, publíquese y pase al Comando General de la Armada para su conocimiento y demás efectos. Cumplido, archívese.-