Decreto308-2020·2020

DETERMINACION QUE LA ENFERMEDAD CELIACA NO CONSTITUIRA CAUSAL DE EXCLUSION DE INGRESO A LA ESCUELA MILITAR

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

18/11/2020

Fecha de publicación

26/11/2020

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

Establécese que la Enfermedad celíaca no constituirá causal de exclusión a quienes ingresan y cursan la Escuela Militar, derogándose éste requisito, previsto por el Reglamento sobre Condiciones y Programa de Ingreso a la Escuela Militar (R-83) aprobado por el Decreto N° 343/019, de 15 de noviembre de 2019.

Artículo 2Artículo 2

El Ministerio de Defensa Nacional instrumentará la implementación de las medidas necesarias para el cumplimiento del artículo 1°, de forma adecuada a la naturaleza y funciones de la Escuela Militar y a los procesos de formación de su personal.

Artículo 3Artículo 3

La regulación a la que se refiere el artículo precedente deberá considerar entre otros, los siguientes aspectos: a) Una vez comunicada la Enfermedad celíaca del aspirante o alumno, tendrá derecho a una dieta libre de gluten (DLG). b) La referida medida se iniciará a partir de la presentación de certificado médico correspondiente, en las condiciones que se establezcan, hasta que finalice su formación en la Institución.

Artículo 4Artículo 4

El presente Decreto y demás normas que se dicten, serán de aplicación a los alumnos de la Escuela Militar, debiendo adecuarse a la naturaleza de la formación que se imparte y a las normas vigentes.

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese, publíquese y pase al Comando General del Ejército. Oportunamente, archívese.