Artículo 1 — Artículo 1
Dispónese la emisión de Bonos del Tesoro hasta la suma de DM 200:000.000,oo (doscientos millones de marcos alemanes) que se denominarán -Bonos en marcos alemanes 1era. Serie (1995)-, a cinco años de plazo en las condiciones establecidas en el llamado del Banco Central del Uruguay y en la oferta de -Deutsche Bank AG- y -SBC Warburg- a que refieren los Resultandos del presente Decreto. El valor de cada Bono no será inferior a DM 1.000,oo (mil marcos alemanes). Los Bonos serán al portador y llevarán las firmas impresas del Ministerio de Economía y Finanzas, del Contador General de la Nación y del Gerente General del Banco Central del Uruguay.