Artículo 3
Artículo 3.- Sustituir lo establecido en los Capítulos III, IV y Anexo Nro. 1 del Reglamento de Organización y Funciones del Centro de Instrucción de Infantería aprobado por el artículo 2do. del Decreto 149/989 de 11 de abril de 1989 en la redacción dada por el Decreto 42/998 de 17 de febrero de 1998, en el sentido de establecer que DONDE DICE: "CAPITULO III ESTRUCTURA ORGANICA. Dependerá de la Brigada de Infantería Nro. 5 y se organizará en base a la siguiente estructura:...3.1 Una dirección integrada por: 3.1.1 Un Teniente Coronel del Arma de Infantería como Director, dependiendo directamente del señor Comandante de la Brigada de Infantería Nro. 5."; DEBE DECIR: CAPITULO III. ESTRUCTURA ORGANICA. Dependerá de la Brigada "General Eugenio Garzón" de Infantería Nro. 1 y se organizará en base a la siguiente estructura:...3.1 Una dirección integrada por: 3.1.1 Un Teniente Coronel del Arma de Infantería como Director, dependiendo directamente del señor Comandante de la Brigada "General Eugenio Garzón" de Infantería Nro. 1; DONDE DICE: "CAPITULO IV. DISPOSICIONES GENERALES. 4.1 El Centro de Instrucción de Infantería funcionará en la Sede de la Brigada de Infantería Nro. 5 utilizando las instalaciones e infraestructura administrativa de la misma."; DEBE DECIR: CAPITULO IV. DISPOSICIONES GENERALES. 4.1 El Centro de Instrucción de Infantería funcionará en la Sede de la Brigada "General Eugenio Garzón" de Infantería Nro. 1 utilizando las instalaciones e infraestructura administrativa de la misma.