Decreto311-2019·2019

DEROGACION DEL ART. 35 DEL DECRETO 113/996 RELATIVO A LA REGLAMENTACION DE LA LEY DE SEGURIDAD SOCIAL

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

21/10/2019

Fecha de publicación

28/10/2019

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Derógase el artículo 35 del decreto N° 113/996 de 27 de marzo de 1996. Las aportaciones de seguridad social por la actividad desarrollada por el personal de taxímetros se efectuará sobre las remuneraciones realmente percibidas por dichos trabajadores, conforme a lo dispuesto por el artículo 147 de la ley N° 16.713 de 3 de setiembre de 1995.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, publíquese, etc.-