Decreto312-2018·2018

FIJACION DE UR, URA, IPC, CRA. AGOSTO 2018

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

10 de enero de 2018

Fecha de publicación

10 de mayo de 2018

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

Fíjase el valor de la Unidad Reajustable (UR) correspondiente al mes de agosto de 2018, a utilizar a los efectos de lo dispuesto por el Decreto-Ley N° 14.219 de 4 de julio de 1974 y sus modificativos en $ 1.081,54 (mil ochenta y un pesos uruguayos con 54/100).

Artículo 2Artículo 2

Considerando el valor de la Unidad Reajustable (UR) precedentemente establecido y los correspondientes a los 2 (dos) meses inmediatos anteriores, fíjase el valor de la Unidad Reajustable de Alquileres (URA) del mes de agosto de 2018 en $ 1.075,69 (mil setenta y cinco pesos uruguayos con 69/100).

Artículo 3Artículo 3

El número índice correspondiente al Índice General de los Precios del Consumo asciende en el mes de agosto de 2018 a 185,31 (ciento ochenta y cinco con 31/100), sobre base diciembre 2010 = 100.

Artículo 4Artículo 4

El coeficiente que se tendrá en cuenta para el reajuste de los alquileres que se actualizan en el mes setiembre de 2018 es de 1,0769 (uno con setecientos sesenta y nueve diezmilésimos).

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese, publíquese y archívese.