Decreto312-2024·2024

EXPROPIACION DE BIEN INMUEBLE. MONTEVIDEO

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

11 de noviembre de 2024

Fecha de publicación

25/11/2024

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Desígnase para ser expropiado por la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas (UTE), el inmueble empadronado con el N° 10070 (diez mil setenta) ubicado en la Localidad Catastral de Montevideo, del departamento de Montevideo y que según plano de mensura N° 1666 del Departamento de Bienes Raíces de diciembre de 2023, levantado por el Ing. Agrim. Néstor Cuentas, consta de un área de 180 m² 88 dm² (ciento ochenta metros cuadrados con ochenta y ocho decímetros cuadrados) que se deslinda de la siguiente forma: al sureste recta de 8 metros 80 centímetros lindando de frente a la calle César Díaz, al suroeste recta de 22 metros 83 centímetros lindando con el padrón 10069 y parte del padrón 10065, al noroeste recta de 3 metros 93 centímetros lindando con el padrón 10071, al noreste recta quebrada de 2 metros 78 centímetros y 4 metros 44 centímetros continuada. con curva de desarrollo de 2 metros 49 centímetros continuando con recta de 15 metros 72 centímetros, lindando todas con el padrón 10071.

Artículo 2Artículo 2

Declárase urgente la toma de posesión del inmueble designado.

Artículo 3Artículo 3

La Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas (UTE) habrá de hacer una reserva prudencial a los efectos de cubrir el monto de la indemnización que en definitiva deberá abonar y dar cumplimiento a lo dispuesto por el Decreto Ley N ° 15.027, de 17 de junio de 1980.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, etc.