Decreto313-2015·2015

FIJACION DE UR, URA, IPC, CRA. OCTUBRE 2015

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

30/11/2015

Fecha de publicación

12 de julio de 2015

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

Fíjase el valor de la Unidad Reajustable (U.R.) correspondiente al mes de octubre de 2015, a utilizar a los efectos de lo dispuesto por el Decreto-Ley N° 14.219 de 4 de julio de 1974 y sus modificativos, en $ 834,64 (pesos uruguayos ochocientos treinta y cuatro con 64/100).

Artículo 2Artículo 2

Considerando el valor de la Unidad Reajustable (U.R.) precedentemente establecido y los correspondientes a los dos meses inmediatos anteriores, fíjase el valor de la Unidad Reajustable de Alquileres (U.R.A.) del mes de octubre de 2015, en $ 831,33 (pesos uruguayos ochocientos treinta y uno con 33/100).

Artículo 3Artículo 3

El número índice correspondiente al Índice General de los Precios del Consumo, asciende en el mes de octubre de 2015 a 150,26 (ciento cincuenta con veintiséis), sobre base diciembre 2010 = 100.

Artículo 4Artículo 4

El coeficiente que se tendrá en cuenta para el reajuste de los alquileres que se actualizan en el mes de noviembre de 2015 es de 1,0912 (uno con novecientos doce diezmilésimos).

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese, publíquese y archívese.