Artículo 1 — Artículo 1
Apruébanse las Tarifas que regirán a partir del 1ro. de junio de 1996 en el Aeropuerto Internacional C/C Carlos A. Curbelo por los servicios que presta Consorcio Aeropuertos Internacionales S.A. que se detallan: (*)
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Apruébanse las Tarifas que regirán a partir del 1ro. de junio de 1996 en el Aeropuerto Internacional C/C Carlos A. Curbelo por los servicios que presta Consorcio Aeropuertos Internacionales S.A. que se detallan: (*)
Artículo 2 — Artículo 2
Comuníquese, publíquese y pase al Comando General de la Fuerza Aérea a sus efectos. Cumplido, archívese.