Artículo 1 — Artículo 1
Créase un Grupo de Trabajo interministerial que funcionará en la órbita del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca y estará compuesto por los representantes del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca (quien lo coordinará), Ministerio de Salud Pública, Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, Ministerio de Industria, Energía y Minería, Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, Ministerio de Relaciones Exteriores, Ministerio de Transporte y Obras Públicas, con el objetivo de evaluar la normativa vigente que regula los productos fitosanitarios en los distintos niveles sectoriales y determinar los cursos de acción sugeridos respecto a las distintas actividades que ameriten regularse.