Artículo 1 — Artículo 1
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Documento Actualizado
Fecha de promulgación
10 de enero de 2018
Fecha de publicación
10 de setiembre de 2018
Artículo 1 — Artículo 1
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Artículo 2 — Artículo 2
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Artículo 3 — Artículo 3
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Artículo 4 — Artículo 4
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Artículo 5 — Artículo 5
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Artículo 6 — Artículo 6
Los contribuyentes que al momento de la publicación del presente Decreto posean ejercicio económico en curso, podrán optar por aplicar el régimen vigente al cierre del ejercicio económico inmediato anterior, siempre que a esa fecha se hubieran amparado al citado régimen, y por los activos y servicios que ya se hubieran beneficiado del mismo, en los términos y condiciones que establezca la Dirección General Impositiva.
Artículo 7 — Artículo 7
Derógase el Decreto N° 304/018 de 27 de setiembre del 2018.
Artículo 8 — Artículo 8
Publíquese, comuníquese y archívese.