Artículo 1 — Artículo 1
Institúyese como fecha conmemorativa de la Dirección Nacional de Sanidad Policial el día 23 de junio de cada año.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Institúyese como fecha conmemorativa de la Dirección Nacional de Sanidad Policial el día 23 de junio de cada año.
Artículo 2 — Artículo 2
Publíquese, comuníquese, etc.