Artículo 1 — Artículo 1
Modifícase el Anexo del Decreto Nº 466/995 de 29 de diciembre de 1995, de conformidad a lo dispuesto en el Anexo que forma parte del presente Decreto.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Modifícase el Anexo del Decreto Nº 466/995 de 29 de diciembre de 1995, de conformidad a lo dispuesto en el Anexo que forma parte del presente Decreto.
Artículo 2 — Artículo 2
Lo dispuesto en el artículo anterior regirá las operaciones comerciales registradas a partir de la fecha de vigencia de este Decreto.
Artículo 3 — Artículo 3
Dése cuenta a la Asamblea General.
Artículo 4 — Artículo 4
El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en dos diarios de circulación nacional.
Artículo 5 — Artículo 5
Comuníquese, publíquese en dos diarios de circulación nacional, etc.