Artículo 1 — Artículo 1
El Poder Ejecutivo transferirá a la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP) las sumas correspondientes a los tributos personales y patronales destinados a la Seguridad Social que se generen por la regularización de los auxiliares de servicio contratados por las Comisiones de Fomento Escolar.- (*)