Decreto317-2008·2008

INDUSTRIA ARROCERA. FONDO DE FINANCIAMIENTO Y RECOMPOSICION DE LA ACTIVIDAD ARROCERA. RETENCIONES

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

30/06/2008

Fecha de publicación

7 de julio de 2008

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Autorízase al Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca a disponer por resolución el cese de la retención del 5% a las exportaciones de arroz una vez constatado el cumplimiento pleno de las obligaciones asumidas por el Fondo de Financiamiento y Recomposición de la Actividad Arrocera, tanto en su primera como en su segunda implementación.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, publíquese y archívese.