Decreto317-2019·2019

MODIFICACION DEL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES QUE REGIRA EL PROCEDIMIENTO COMPETITIVO PARA LA ASIGNACION DEL USO DE FRECUENCIAS RADIOELECTRICAS APROBADO POR EL DECRETO 299/019

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

28/10/2019

Fecha de publicación

11 de abril de 2019

Artículos (6)

Artículo 1Artículo 1

Modifícase el Índice del Pliego de Bases y Condiciones que regirá el procedimiento competitivo para la asignación del uso de frecuencias radioeléctricas en las bandas de 2600 MHz, 1800 MHz y AWS (1700/2100) MHz aprobado por el Decreto N° 299/019 de 9 de octubre de 2019, el que quedará redactado en los términos del documento que se adjunta (*) al presente Decreto y forma parte de este.

Artículo 2Artículo 2

Modifícase el Anexo I - Especificaciones Técnicas del Pliego de Bases y Condiciones aprobado por el Decreto N° 299/019 de 9 de octubre de 2019, el que quedará redactado en los términos del documento que se adjunta (*) al presente Decreto y forma parte de este.

Artículo 3Artículo 3

Modifícase el tercer párrafo del numeral 3) del Anexo IV Instructivo del Procedimiento Competitivo - del Pliego de Bases y Condiciones aprobado por el Decreto N° 299/019 de 9 de octubre de 2019, el que quedará redactado de la siguiente forma: "Cada Punto de Elegibilidad equivale a U$S 350.000 (trescientos cincuenta mil dólares de Estados Unidos de América) depositados".

Artículo 4Artículo 4

Modifícase la definición de "Elegibilidad Inicial del Precalificado" en el Anexo VII - Glosario del Pliego de Bases y Condiciones aprobado por el Decreto N° 299/019 de 9 de octubre de 2019, la que quedará redactada de la siguiente forma: "Elegibilidad Inicial del Precalificado La Elegibilidad Inicial se mide en base a los Puntos de Elegibilidad, los que a su vez dependen del monto del Depósito Inicial. Cada Punto de Elegibilidad equivale a U$S 350.000 (trescientos cincuenta mil dólares de Estados Unidos) depositados en carácter de Depósito Inicial".

Artículo 5Artículo 5

Modifícase la definición de "Puntos de Elegibilidad" en el Anexo VII - Glosario del Pliego de Bases y Condiciones aprobado por el Decreto N° 299/019 de 9 de octubre de 2019, la que quedará redactada de la siguiente forma: "Puntos de Elegibilidad Es la medida de la Elegibilidad de los Precalificados. Cada Punto de Elegibilidad equivale a U$S 350.000 (trescientos cincuenta mil dólares de Estados Unidos) que sean depositados en carácter de Depósito Inicial previo al inicio de la IFP".

Artículo 6Artículo 6

Comuníquese, publíquese y pase a la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones a sus efectos.