Decreto318-2020·2020

AUTORIZACION DE PAGO EXCEPCIONAL DE REPARACION INDEMNIZATORIA A FUNCIONARIOS DEL CASINO NOGARO, CONFORME AL ART.32 DEL DECRETO 354/018

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

30/11/2020

Fecha de publicación

12 de abril de 2020

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

Autorizar en forma excepcional a la Dirección General de Casinos, a aplicar lo dispuesto en el artículo 32 del Decreto N° 354/018, de 26 de octubre de 2018, en caso de mantenerse el cierre del Casino del Estado Nogaró, siempre que dicho organismo tuviera disponibilidad financiera para atender la erogación resultante de la reparación indemnizatoria, por un término máximo de 45 (cuarenta y cinco) días a contabilizar a partir del 6 de agosto de 2020.

Artículo 2Artículo 2

Establecer que en ningún caso la reparación a ser percibida por cada funcionario afectado puede superar el equivalente al 80% (ochenta por ciento) del promedio de las partidas variables percibidas por el funcionario, por la misma cantidad de días en el mismo mes del año inmediato anterior.

Artículo 3Artículo 3

Enunciar que en el caso de aquellos funcionarios de la Dirección General de Casinos, cualquiera sea el escalafón al que pertenecen, mientras se encuentren percibiendo la reparación indemnizatoria y que se amparen a licencia por enfermedad, percibirán por el concepto citado el equivalente al 60% (sesenta por ciento) de lo que le hubiera correspondido percibir si estuviera a la orden o con efectivo desempeño.

Artículo 4Artículo 4

Dicha partida se solventa con cargo al Objeto de Gasto 793 "Indemnizaciones".

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese y pase a la Dirección General de Casinos a sus efectos.