Decreto319-2006·2006

ORGANISMOS ESTATALES. DESIGNACION DE AGENTES DE RETENCION DEL IVA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

9 de noviembre de 2006

Fecha de publicación

18/09/2006

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

(*)

Artículo 2Artículo 2

Lo dispuesto en el artículo anterior se aplicará a las compras acaecidas a partir de la vigencia del presente Decreto.

Artículo 3Artículo 3

Derogación.- Derógase el Decreto Nº 112/004 de 31 de marzo de 2004.

Artículo 4Artículo 4

Vigencia.- La Dirección General Impositiva establecerá la fecha de entrada de vigencia del presente Decreto, la que no podrá ser anterior al primer día de mes siguiente al de su publicación.

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese, publíquese, etc.